La diputada federal presentó una iniciativa que busca restringir la venta a menores, prohibir la mezcla con alcohol y exigir advertencias claras en el etiquetado.
Querétaro, Qro.- La diputada federal Abigail Arredondo Ramos presentó ante la Comisión Permanente una iniciativa para establecer medidas preventivas y restrictivas que mitiguen los efectos negativos del consumo de bebidas energizantes, debido a los riesgos que representan para la salud física y psicoemocional.
La propuesta contempla prohibir la venta y el consumo de estas bebidas a menores de 18 años, así como impedir su mezcla con alcohol en bares, restaurantes, centros sociales y cualquier establecimiento donde se expendan bebidas por copeo. Además, plantea que los envases incluyan advertencias claras sobre los riesgos para personas embarazadas o en periodo de lactancia, individuos sensibles a la cafeína, quienes padecen trastornos de tensión nerviosa o realizan actividades físicas de alta intensidad.
La legisladora explicó que el incumplimiento de estas disposiciones se incorporará al régimen administrativo sancionador con las penas correspondientes.
Arredondo Ramos advirtió que el consumo de bebidas energizantes ha aumentado significativamente en México, especialmente entre jóvenes y menores de edad, quienes a menudo las consumen en exceso, combinadas con alcohol o como complemento en actividades físicas intensas, lo que incrementa los riesgos para la salud.
Citando datos de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), señaló que 7 de cada 10 jóvenes mayores de 18 años han consumido alguna bebida energizante, y la mitad lo hace al menos una vez por semana, mientras que el 43 por ciento reconoce haberlas combinado con alcohol en ocasiones.
“Existen suficientes evidencias sobre los efectos adversos de algunos componentes comunes en estas bebidas, como la cafeína, la taurina y la carnitina”, concluyó la diputada del PRI por Querétaro.
La iniciativa adiciona una fracción II, recorriendo las subsecuentes en su orden del artículo 215, un artículo 216 ter y reforma los artículos 419 y 421 de la Ley General de Salud en materia de bebidas energizantes.




